Aunque haya una orden de deportación emitida por la oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) eso no significa una salida inmediata de Estados Unidospara un inmigrante indocumentados, ya que podría apelar dicha decisión, pero hay aspectos clave a conocer sobre estas decisiones.

1. Cómo saber

Una orden de deportación debe ser emitida por ICE, luego de un proceso administrativo del inmigrante, es decir, que lo tiene en sistema. Los abogados especifican que “cada caso es único”, pues son diversos los factores que determinan la decisión de los fiscales migratorios.

El abogado Alex Gálvez, por ejemplo, dijo  que no existe una respuesta única sobre este proceso, pero lo primero es confirmar que la persona recibió correctamente la Notificación de Comparecencia (NTA), es decir, una primera cita ante un juez.

2. Qué hacer

Los expertos sugieren siempre a los inmigrantes hacer un plan ante un posible encuentro con ICE, desde contactar a un abogado hasta ahorrar ante la posibilidad de tener que pagar una fianza en efectivo, en caso de detención y así poder enfrentar el proceso en libertad.

La decisión de deportación, agregó el abogado Gálvez, también dependerá de si el inmigrante acudió a su cita, si apeló esa decisión, pero sobre todo saber si no está en la lista de las actuales prioridades de deportación.

Hay que recordar que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) modificó sus prioridades actuales y las personas con récord criminal y otras faltas podrían ser objetivo de deportación, pero los fiscales deberán revisar todas las condiciones, no solamente tomando en cuenta que ese extranjero es indocumentado.

3. La importancia de la NTA

El NTA, como se mencionó, es la Notificación de Comparecencia ante un juez, por lo que se considera el inicio del proceso de deportación formal de un inmigrante.

El no ciudadano debe confirmar que recibió el documento y que contiene todos los datos que marca la ley, incluida la fecha y hora de comparecencia. El documento debería llegar con antelación a su cita.

En 2018, la Corte Suprema dictaminó que, si una NTA no contiene correctamente la fecha, hora y lugar de la cita para comparecer, eso va en contra de los procesos administrativos de deportación.

Los jueces tomaron la decisión sobre el caso Pereira v. Sessions del verano de ese año.